Borrador de la renta, cómo Solicitarlo, requisitos y plazos

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El borrador de Hacienda, o Borrador Renta, es un documento elaborado por la Administración en el que se recogen todos los ingresos declarables que hayamos tenido durante el transcurso del año.

Esto nos evita la locura de tener que ir buscando nóminas y documentación varia para hacer nuestra declaración, como se hacía antiguamente.

Por lo tanto, el borrador de la renta es una herramienta muy útil y que nos ayuda a ahorrar tiempo, ya que en ella Hacienda estima nuestra declaración de la renta teniendo en cuenta toda clase de información como los ingresos y retenciones a los que estemos sujetos, si tenemos hipotecas o nuestras inversiones en renta fija o variable.

Desde el 2008, si consideramos el borrador de la renta como correcto, puede servir como declaración de la renta.

Borrador Renta: características

Como hemos comentado anteriormente, el borrador de la renta es una estimación. Aunque Hacienda incluye en ese documento toda la información importante que tenga sobre dicho contribuyente, algunas veces lo hace de forma errónea, por lo que es recomendable revisar nuestro borrador de la renta en lugar de presentarlo como declaración directamente.

Los errores más frecuentes, y no por ello los únicos, que los contribuyentes solemos encontrar en el Borrador Renta son la omisión de cuotas a algunos organismos, la deducción por maternidad o las novedades de cada ejercicio. Por ello, te recomiendo que te suscribas a nuestra web para estar al tanto de todas las novedades fiscales.

Pedir borrador de la renta a Hacienda

Antes de poder solicitar el borrador de Hacienda, tienes que verificar que has obtenido rentas de alguno de los siguientes tipos:

  • Haber obtenido rentas del trabajo. Se incluyen las pensiones, pasivos de los que obtengamos rendimientos o pensiones compensatorias.
  • Rentas obtenidas de capital inmobiliario que se encuentren sujetas a alguna retención. Son un ejemplo los dividendos obtenidos de acciones o los intereses generados por algún depósito en el banco.
  • Pérdidas patrimoniales provenientes de acciones o participaciones.
  • Tener rentas de capital mobiliario que provengan. de tener letras del tesoro.
  • Algún tipo de ganancia patrimonial que se encuentre sujeta a retenciones o ingresos a cuenta. Haber obtenido subvenciones para la compra de la vivienda habitual. Son una excepción las subvenciones que se consideren rendimientos de actividades económicas.
  • Rentas inmobiliarias imputables (máximo 8 inmuebles).

Las fechas para solicitar el Borrador Renta van desde principio de Abril hasta el 30 de junio y las vías para solicitarlo son:

  1. Internet: En sede.agenciatributaria.gob.es
  2. Por teléfono: En el 901 121 224 y 901 200 345
  3. En persona: En tu oficina más cercana de la Agencia Tributaria.

He confirmado un borrador con errores, ¿qué hago?

En primer lugar, tienes que saber que esta situación es muy común, así que está previsto por la administración. Lo primero que hay que hacer es identificar el tipo de error.

  1. El error beneficia a Hacienda: Has pagado más de lo que debías a Hacienda.
  2. El error te beneficia a ti: Le has pagado de menos a Hacienda o Hacienda te ha pagado de más.

Hemos identificado los dos errores posibles, porque el proceso a seguir es distinto para cada uno de ellos

El error beneficia a Hacienda

Esto puede suceder por dos razones, o Hacienda te ha pagado menos o tú has pagado de más a Hacienda.

Si nos encontramos en esta situación, tenemos que redactar un escrito detallando nuestro error y solicitando el dinero que Hacienda tiene que devolverte. La Agencia Tributaria pone este formulario para estas situaciones en su página web. En el mismo se tendrá que añadir toda la información que faltaba en tu Borrador Renta.

¿Existen plazos para la devolución de Hacienda?

Tienes un plazo máximo de 4 años para pedir la devolución de tu dinero a partir del año en curso. Ejemplo: si has confirmado un borrador renta con errores en el año 2023, tendrías hasta el 2027 para solicitar tu dinero.

El error te beneficia a ti

Si te has dado cuenta que al confirmar tu borrador de la renta había un error que te beneficia a ti es porque la declaración te salía a devolver y has recibido más dinero del que deberías o tu declaración te ha salido a pagar pero no has pagado todo lo que deberías.

En este caso, se tiene que hacer una declaración complementaria, usando el programa PADRE normalmente.

  • En la casilla 120 y 124 tienes que indicar que se trata de una declaración complementaria.

Una vez hecha la declaración complementaria, que puedes presentar en persona o por Internet, tendrás hasta julio para presentar la reclamación. Si te retrasas, Hacienda te cobrará intereses.

Si el error lo has cometido en la declaración de la renta y no en el borrador, pueden existir dos errores, igual que en el caso anterior. Si el error beneficia a Hacienda, tendrás que presentar este escrito de rectificación para pedir que te devuelvan tu dinero.

Si el error te beneficia a ti porque has pagado menos de lo que debías a Hacienda o Hacienda te ha pagado una cantidad superior a la que debía tendrás que volver a hacer la declaración de la renta y se tendrá que presentar junto a un escrito en el que se especifique que quieres que se tenga en cuenta la segunda declaración y no la primera.

Y recuerda suscribirte para estar al tanto de todos los cambios que pueden hacerte ganar unos euros en tu declaración de la renta.

Devolución de Hacienda

La devolución de Hacienda, o hablando más técnicamente la devolución de la renta por parte de la Administración de la Hacienda pública, es una de las cuestiones más comunes entre todos aquellos que esperamos una devolución. Cuando el resultado de nuestra renta nos sale a devolver, el tiempo que tarda hacienda en hacernos dicho ingreso se convierte en una fecha importante para muchas familias, dada la actual situación financiera.

Descubre cómo reclamar la devolución de hacienda

Actualmente, el plazo para que se efectúe la devolución de la renta esta establecido por ley. Dicha ley dice que Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre del periodo en cuestión para efectuar la devolución. Muchos contribuyentes han comprobado por desgracia que este periodo se ha visto superado en los últimos años y pasaban esperando su dinero mucho más tiempo del que legalmente les corresponde.

Cómo reclamar la devolución de Hacienda

Aunque se pase el periodo establecido por la ley, Hacienda debería seguir adelante con el proceso de devolución de la renta al contribuyente. Pero con alguna característica específica para este caso, y es que, debería añadir a la cantidad que tiene que devolvernos unos intereses adicionales, que actualmente son del 5%. En principio, esta cantidad debería añadirse automáticamente por Hacienda sin tener que hacer nosotros nada.

Aunque no sepamos cuando nos va a efectuar la devolución Hacienda, si que podemos consultar a través de su portal, en qué estado se encuentra el trámite de nuestra declaración de la renta. Para ello, deberemos acceder a la web de la Agencia Tributaria e introducir nuestros datos de acceso.

Pasos a seguir para reclamar la devolución de Hacienda

Pese a que supuestamente Hacienda debe seguir con el proceso para efectuar la devolución de la renta, puede que nos haga falta el dinero, o que simplemente, exijamos un trato justo por parte de la Administración de igual forma que ésta nos lo pide a nosotros.

Cuando ya llevamos muchos meses esperando la devolución de Hacienda, tenemos dos alternativas para reclamar la devolución de la renta

  1. La primera de ellas es acudir directamente a la Oficina de Hacienda más cercana a nuestro hogar, e informar de nuestra situación. Una vez allí podemos presentar una reclamación por escrito. Frente a los trámites por Internet, el trato en persona que se nos puede dar desde una oficina de Hacienda ofrece algunas ventajas, y es que si no estamos muy puestos en este tipo de gestiones, el personal de dicha oficina puede guiarnos a través del proceso de reclamación de nuestra devolución de la renta.
  2. Otra opción es hacerlo a través de la web de la AEAT desde la Sede Electrónica. Esta opción puede resultar más engorrosa que la anterior si no disponemos de la firma digital, y es que sin ella, no podremos efectuar ningún trámite a través de la página web de la Agencia Tributaria.
    Una vez dentro de la Sede Electrónica, tendremos que ir a Inicio, acceder después a la sección de “Procedimientos, Servicios y Trámites” → “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas” → “Devolución” → “Procedimiento de devolución”

Funciona reclamar la devolución de la renta

Por la poca transparencia en este tipo de gestiones por parte de la Administración Pública, es muy difícil saber si este tipo de reclamaciones tienen algún tipo de efecto sobre el proceso de devolución de la renta, y es que el volumen de devoluciones que deben tramitar es verdaderamente enorme, unido a una más que discutible falta de eficiencia en este tipo de procesos.

La Agencia Tributaria, recibe constantes críticas por su lentitud en estas gestiones, y nunca responde ante ellas, por lo que reclamar la devolución de la renta nos servirá en primer lugar para saber que hemos hecho todo lo posible para que nos devuelvan el dinero lo más pronto posible, y en segundo lugar (y menos efectivo por desgracia) para que realmente se acelere el proceso de devolución de la renta por parte de Hacienda.

Cómo hacer la declaración de la renta

En este artículo te vamos a contar cómo hacer la declaración de la renta paso a paso. En primer lugar vamos a aclarar qué es necesario para poder hacer la declaración de la renta.

En Abril empezará una nueva campaña de la declaración de la renta, por lo que vamos a guiarte y a comentarte todos los detalles relacionados con la declaración de la renta.

Cómo hacer la declaración de la renta

La declaración de la renta del año se realiza sobre el impuesto más importante en el estado español, es decir, el IRPF. El IRPF es la base sobre la que se desarrolla la declaración de la renta y afecta a cualquier persona física que resida de forma habitual en España o a personas que vivan en el extranjero (sujetas a condiciones especiales). El IRPF es un impuesto personal, es decir, que afecta a las personas físicas, también es directo y progresivo.

Cualquier contribuyente español está obligado a hacer la declaración de la renta, excepto los que hayan recibido durante el ejercicio hasta 22.000 euros brutos (si provienen de un único pagador) o hasta 11.200 euros brutos anuales si provienen de más de un pagador.

Aquí te facilitamos una pequeña lista de lo que se necesita para hacer la declaración de la renta.

  • Declaración del ejercicio anterior.
  • DNI del titular.
  • Número de cuenta del banco.
  • Datos del catastro y recibos del IBI de los inmuebles de los que sea propietario.
  • Certificado de rendimientos del trabajo
  • Justificante de ingresos recibidos
  • Justificantes de rendimiento procedente del capital inmobiliario.
  • Otros rendimientos económicos.
  • Ganancias o pérdidas por venta de vivienda habitual.
  • Ganancias o pérdidas por ventas de acciones u otros bienes.
  • Declaración de la renta por Internet

Hoy en día, podemos hacer la declaración de la renta por Internet, ahorrándonos de esta forma el tener que ir a la oficina más cercana de la Agencia Tributaria, además de una más que posible cola.
Además, por Internet la Agencia Tributaria nos ofrece la posibilidad de hacer una especie de “ensayo” previo. Tendremos la opción de hacer una simulación de la declaración de la renta para saber así la suma total del impuesto antes de hacer la declaración definitiva.

Una vez hecha la prueba de la declaración de la renta, podremos realizar el borrador de la declaración de la renta, para aquellos que hayan obtenido ganancias patrimoniales por sueldos, capitales inmobiliarios u otras ganancias patrimoniales. También se podrá solicitar el borrador personalmente o por teléfono.

El programa Padre

El programa Padre es un programa informático gratuito creado por la Agencia Tributaria que tiene por objetivo hacernos más fácil hacer la declaración de la renta.
El programa nos da la posibilidad de importar nuestros datos fiscales y permite almacenar hasta 50 declaraciones de la renta diferente, así como imprimir la declaración de la renta por si queremos entregarla personalmente, o enviarla mediante Internet.

Algunas deducciones: podremos deducir las obras que hayamos efectuado en el hogar en hasta un 20%. Si dichas reformas tenían por objeto el mejorar la accesibilidad a la casa a alguna persona con incapacidad el porcentaje de deducción será más alto.
Los emprendedores también tienen una deducción especial de hasta un 15% del dinero que hayan invertido en su negocio.

Declaración de la renta: novedades

La declaración de la renta trae algunas novedades que es importante conocer si no queremos llevarnos sorpresas en el futuro. Estas novedades tienen como objeto aumentar la recaudación tributaria por parte del estado.
Una de las novedades más importantes es que se eliminará la deducción por la compra de vivienda.
En la declaración de la renta también se efectuarán retenciones del 20% sobre los premios que superen los 2.500 € (premios estatales, Once o Cruz Roja)

Tabla de base imponible

Para que puedas orientarte sobre que gravamen se te aplicará, te facilitamos esta tabla con el tipo aplicable a la declaración de la renta dependiendo de la base imponible.

Base imponible Tipo
Hasta 12.450 20%
Desde 12.450 hasta 20.200 25%
Desde 20.200 hasta 35.200 31%
Desde 35.200 hasta 60.000 39%
Desde 60.000 47%

Cómo ahorrar en la declaración de la renta: deducciones

Cuando se acerca el momento de hacer la declaración de la renta, somos muchos los que nos hacemos la misma pregunta: ¿Cómo ahorrar en la declaración de la renta?

Aunque es cierto que no existe una manera establecida para ahorrar en la declaración de la renta, si que podemos buscar algunas deducciones que nos beneficien a la hora de presentar nuestra declaración. Lo peor que podemos hacer es presentar la declaración sin haberla preparado debidamente antes, es decir, hacer la declaración sobre la marcha.

Cómo ahorrar en la declaración de la renta

Que presentemos antes la declaración no significa que nos vayan a efectuar la devolución de hacienda antes, por lo que podemos buscar las deducciones que más nos beneficien para poder ahorrar en la declaración de la renta.

A continuación os presentamos algunos puntos a tener en cuenta para saber cómo ahorrar en la declaración de la renta.

Ahorrar en la declaración de la renta

Deducción por vivienda habitual

La deducción por vivienda habitual ya no se aplicará para aquellos que hayan comprado una vivienda a partir del día 1 de enero de 2013, por los que la hayan comprado antes si que podrán optar a la deducción por vivienda habitual.

Aquellos que hayan comprado su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 podrán deducir hasta un 15% de las cantidades invertidas (límite de 9.040 euros de inversión)
Según la nueva norma, podremos deducirnos lo pagado a cuenta antes del 31 de diciembre de 2012.

*En Navarra y el País Vasco, dado que tienen un IRPF propio, aquellos que hayan comprado su vivienda habitual después del 1 de enero de 2013 podrán seguir aplicando esta deducción.

Deducción por alquiler

La deducción aplicable a las viviendas en alquiler se seguirá aplicando para bases imponibles inferiores a 24.000 euros, aunque en Madrid se amplía hasta 29.000 euros, por lo que es conveniente que consultes la deducción aplicable en tu comunidad autónoma.

Para aquellos que tengan inmuebles vacíos, puede resultarles interesante saber si los intereses y gastos superen la cantidad que se recibiría si se alquilara el inmueble, la tributación resultaría nula y podría generarnos rendimientos negativos.

Deducción por rehabilitación de vivienda

Para optar a esta deducción en nuestra declaración la rehabilitación o mejora de la misma debe ser superior al 25%. También podemos conseguir la deducción por rehabilitación si mejoramos energéticamente nuestro hogar. Para poder aplicar esta deducción por rehabilitación de vivienda, tendremos que presentar un proyecto, licencia y facturas a Hacienda.

Deducciones autonómicas

Según los expertos, también tenemos que fijarnos en las distintas deducciones autonómicas. Aunque algunas como la del fomento del empleo se han eliminado, hay que informarse sobre que deducciones podemos aplicar en nuestra comunidad autónoma.

Deducción por inversión en nueva empresa

Para poder efectuar esta deducción en nuestra declaración de la renta tenemos que cumplir cuatro requisitos:

  • No ser propietario de más del 40% de la empresa.
  • No tener relación familiar con ella.
  • Que sea una empresa de nueva creación.
  • Que al menos tenga un trabajador.

Deducción por ganancias especulativas

Cuando hagamos la declaración de la renta sobre las ganancias y pérdidas patrimoniales se tributarán en la base imponible general. A causa de esto, pagaremos más, ya que antes se aplicaba un gravamen del 25% (base imponible del ahorro) y ahora se aplica un 52%.

Si los cambios en estas ganancias especulativas se producen durante más de un año, se aplicará la tributación de la base imponible del ahorro, por lo que se aplicará un gravamen de entre un 21% y un 27%.

Deducciones por planes de pensiones

Aquellos que tengan un plan de pensiones, deberían revisar su declaración de la renta, ya que en los 3 últimos años los tipos del IRPF han pasado del 0.75 a 7 puntos según el nivel de ingresos que tengamos.

Deducción por aportaciones a sindicatos, partidos y ONG

Para todos aquellos que efectúen aportaciones dinerarias a sindicatos, partidos políticos y ong`s, existen deducciones que van desde un 10% a un 25% dependiendo del tipo de aportación y de la comunidad autónoma desde donde se realice.

Deducción por apuestas online

En la actualidad, cada vez son más los portales en los que podemos efectuar apuestas deportivas, jugar al bingo online o pujar por artículos de subasta en Internet. Todas estas operaciones también han de ser tributadas. Aunque se trata de una tributación difícil dada su naturaleza, también podemos ahorrar en la declaración de la renta cuando las pérdidas en estas apuestas son superiores a las ganancias, ya que podremos computarlas como pérdidas patrimoniales, y nos las podremos deducir del IRPF.

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